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CONTRATOS.

CONTRATO DE CESIÓN Y GARANTÍAS.

Fecha de adquisición: -- de --------- del 2.019.

Afijo: Molosos Del Califa. Nº 18.262 / F.C.I.: Nº 298 / 2.011.


Como parte Cedente.

Nombre y apellidos: D. Manuel Luque González, D.N.I.: 30.788.168-T.

Criador: Molosos Del Califa. Nº de afijo: 18.262 / F.C.I.: Nº 298/2.011.

Dirección: C/ Cristo, nº 25 - 1ª - 4. Población: Córdoba. C.P.: 14.001.

País: España.

Teléfonos de contacto: (+34 )617 932 452. - ( +34 )957 432 906.

E-mail: manuel_luque.g@hotmail.com + bf@molososdelcalifa.com


Como parte adquisidora.

Nombre y apellidos: D. ------ ---- ------, D.N.I.: --.---.-----.

Dirección: --------, nº -- -. Población: ------. C.P.: -----.

País: ------.

Teléfono de contacto: --- --- ---.

E-mail: ---------------@gmail.com


Como Veterinario Supervisor.

Nombre y apellidos: Manuel López Galán. Col:1145.

Clínica Veterinaria,dirección: C/ Coronel Giménez Ruíz, nº15.

Teléfono de Consulta: (+34 )957 363 275. Teléfono de Urgencias: (+34 )671 486 200.


Datos del animal.

Nombre: ------- De Molosos Del Califa.

Especie: Canina. Raza: Bulldog Francés. Sexo: ------.

Color: -------. Pelo: Corto.

Fecha Nacimiento: Día de Mes del 2.019.

Criador: Manuel Luque González.

Nº de notificación de camada: ------.

Nº de pasaporte de U.E.: ES01 -------.

Nº de micro-chip: 9410000--------. .

Pedigree De La Real Sociedad Canina Española.


CONDICIONES DE GARANTÍA.

IMPORTANTE: Al adquirir un animal deberá cumplir las siguientes normas obligatorias para acogerse a las garantías del criador:

* No cambiar la alimentación recomendada por el criador bajo ningún concepto salvo que el Veterinario Supervisor le recomiende otro por escrito: (Pienso: Royal Canin Puppy Madium), y agua de botella, (los primeros días).

* No bañar al animal hasta después de su revacunación, ( 3 - meses de edad del cachorro/a y tercera vacuna correspondiente).

* Sin la tercera vacuna, no sacar a la calle, bajo ningún concepto, excepto para ir al veterinario, no estando en contacto con superficies donde frecuentan otros animales.

* No juntar con otros animales durante el período de vacunaciones, ya que existe peligro de contagio de enfermedades.

* No vacunar, ni desparasitar internas y externas, hasta que el Veterinario Supervisor le aconseje el momento de hacerlo.

EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE LOS PUNTOS ANTERIORMENTE CITADOS, CONLLEVARÍA A UNA AUTOMÁTICA SUSPENSIÓN DE LAS GARANTÍAS Y EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ANIMAL POR NEGLIGENCIA DEL CLIENTE, EL CRIADOR NO SE HARÍA RESPONSABLE.


La falta de cumplimiento de este contrato por parte del adquisidor/a, implica la renuncia de las garantías y derechos que otorga este contrato, liberando al criador de toda vinculación con él.


CONDICIONES DEL CONTRATO DE CESIÓN.

* No se admiten devoluciones de animales, salvo enfermedad congénita por prescripción del Veterinario Supervisor en un periodo no superior a los 6 meses de vida del animal.


* El L.O.E.: Es la inscripción en el Libro de Orígenes Españoles de la Real Sociedad Canina de España. Es lo que sirve para presentar en concursos, o para sacar pedigree a sus descendientes en el caso de su cruce. Si su animal posee pedigree nacional se le hará la entrega del L.O.E en el plazo establecido, para que usted pueda tramitar el pedigree en la canina más próxima a su domicilio, asumiendo por su parte los gastos que ello ocasione.

LA ENTREGA DEL L.O.E., SE HARÁ EN EL PERIODO DE SEÍS MESES A UN AÑO DESPUÉS DE SU ADQUISICIÓN.


GARANTÍAS DE SALUD DEL ANIMAL.

El criador garantiza que todos los datos reflejados en este contrato son auténticos.

El animal que ha adquirido ha sido previamente desparasitado y vacunado en su origen, y una vez entregado, tiene un periodo de garantía de 3 días, por contraer enfermedades infecto-contagiosas de larga incubación.

Cualquier injerencia por parte de otro profesional que no sea el anteriormente citado,(V.Supervisor), dará lugar a la no responsabilidad del criador en los gastos que se pudieran ocasionar fuera de su supervisión, así como tampoco está admitiría ningún tipo de reclamación en caso de fallecimiento del animal.

La explicación del porqué: es razonable, ya que desde el nacimiento de los animales, se utilizan en los criaderos unas pautas propias que solo Veterinario Supervisor conoce y pueden llegar a ser en muchos de los casos incompatibles con otros tipos de tratamientos que puedan utilizar otros veterinarios.

No son costeados tratamientos, medicinas, desparasitadores, (internos o externos), futuras vacunaciones, los cuales el cliente es libre de elegir donde adquirirlos, ya sea en la Clínica Veterinaria concertada o mediante una receta, en la farmacia u otros lugares de su agrado.

Las visitas a domicilio no se incluyen en el período de garantía y se cobrarán al dueño del animal.

El criador no se hará cargo de operaciones, traumatismos, mordeduras, peleas, ni en general de un mal manejo del animal por parte del adquisidor/a. En estas situaciones el adquisidor/a deberá abonar el importe de los tratamientos si desea realizarlos.

Las personas que viven en otras provincias, deberán visitar al Veterinario antes de las 24 horas de la adquisición, pudiendo llevarse al animal a su lugar de residencia después de esta visita, pero en el caso de que el animal no se encontrara bien durante el periodo de garantía, se deberá consultar telefónicamente con el Veterinario Supervisor ya que de lo contrario perdería la garantía y no se tendría derecho a reclamación alguna.

Queda prohibido revacunar al animal durante el periodo de garantía, ya que ello podría inmuno-deprimirle, por lo tanto la revacunación se debería llevar a cabo como pronto 30 días después de la adquisión, o en su caso, cuando el Veterinario Supervisor del criador se lo recomiende.

La alimentación consistirá en el pienso recomendado por el criador o el Veterinario Supervisor y no otra. Queda prohibido el uso de leche, yogurts, magdalenas, embutidos, etc..., ya que estos productos pueden alterar el sistema digestivo del animal y por consiguiente crear gastroenteritis o diarreas. En esta situación y debido a la negligencia del cliente, el criador denegaría todo tipo de garantías.

El Veterinario Supervisor que figura en este documento y que se encarga de los tratamientos de los animales durante la garantía, no tienen nada que ver ni en la venta, ni en los pedigrees, ni en ningún otro tema comercial que el criadero lleve a cabo con el cliente, así mismo, el criador no obtiene ningún tipo de ganacias en la venta por parte de productos del Veterinario Supervisor.

El cachorro está al día con sus vacunas y desparasitación de acuerdo a la edad. Cada esfuerzo se ha hecho por el criador para asegurar la salud del cachorro. Cachorro ha sido examinado recientemente antes de la partida y está completamente sano.

El cachorro está garantizado durante 6 meses (a partir de la fecha del examen veterinario se acaben el envío al nuevo propietario) contra defectos genéticos sólo si las siguientes directrices son seguidas exactamente:

a) El adquisidor debe notificar al criador de cualquier defecto genético inmediatamente.

b) Una declaración por escrito en cuanto al defecto genético debe ser proporcionada a nosotros del veterinario del adquisidor.

c) Una segunda opinión por escrito de otro veterinario debe ser proporcionada a nosotros del adquisidor.

d) El cachorro debe ser esterilizados, carácter, imagen debe mostrarse de la misma y el número de teléfono del veterinario, de contacto e-mail debe ser proporcionada.

e) El adquisidor debe devolver el pedigrí del perro.

f) Después se siguen estas pautas, si hay un defecto genético presente le proporcionaremos un cachorro sustitución del mismas características, color y sexo.

Las siguientes condiciones NO están cubiertas por esta garantía:

- La displasia de cadera - caso grave, que requiere cirugía para volver cachorro a un estado ambulatorio. Debe tener X-Ray y 2 opiniones de 2 veterinarios no relacionados. Si importado, cachorro debe ser identificado positivamente en X-Ray; número de chip debe estar presente en la película.

- Espinal, corazón, páncreas, defectos renales de una naturaleza en peligro grave la vida. (Parálisis inminente, problema del corazón que está en peligro la vida, la pancreatitis crónica).

Esta garantía NO cubre: Eye Cherry, hernia umbilical, hernia inguinal, las caderas, las rodillas flojas sueltas, infertilidad, alergias, infección bacteriana de cualquier tipo, hongos, infección parasitaria, tráquea hipoplásico, infecciones respiratorias, tos de las perreras, anormalidades Demodex, sarnas, cola, narinas estenóticas, problemas estéticos, la lengua, los dientes, la ignorancia del comprador, el descuido de los veterinarios incompetentes o cualquier cosa no incluidos anteriormente. No vamos a cubrir cualquier muerte por cualquier razón si las crías muere bajo anestesia.

El criador no será responsable de los gastos médicos incurridos. El adquisidor es consciente de que ser dueño de un cachorro significa viajes al veterinario y entiende que él / ella será responsable de todos los pagos.

Cualquier problema físico que es o podría ser el resultado de una lesión no está cubierto por esta garantía.

Hay ciertos trastornos que pueden ser causados ​​por factores ambientales, por ejemplo: alergias, disfunción tiroidea, la sarna y otras enfermedades autoinmunes que no están cubiertos por esta garantía.

Debe ser un perro de interior.

Todos los artículos cubiertos bajo esta garantía son solo por REEMPLAZO del animal. No se darán reembolsos en parte o completo.

El adquisidor es responsable de todos los costes de papel y transporte de necesarios en el cachorro de reemplazo del criador.

El cachorro reemplazo NO será dado si el cachorro ha sido criado, o la eutanasia sin el permiso de criador.

Cachorro de reemplazo será de mutuo acuerdo por ambas partes y será de una calidad comparable. Se entiende que el cachorro de reemplazo puede no ser de los mismos padres exactos del perrito original.

Esta garantía es nula y sin efecto si:

El adquisidor no mantiene la atención de salud preventiva del cachorro / perro, incluyendo a las inoculaciones, parásitos internos y externos y de medicina preventiva del parásito del corazón.

El adquisidor entiende y acepta las presentes condiciones del criado. Esta garantía sólo se diseñó para el propietario original y no es transferible.


SITUACIONES ESPECIALES.

En caso de fallecimiento del animal durante los primeros 3 días contados desde la fecha de la adquisición, se realizará una necropsia para averiguar las causas del mismo.

Esta necropsia se efectuará oficialmente en Córdoba, por el Veterinario del centro animal del Hospital Clínico Veterinario de la Facultad de Córdoba, el cual no estará interesado por ninguna de las partes dando un informe imparcial.

El resultado de la necropsia se dará a conocer en un período de treinta días, periodo que el cliente deberá esperar para satisfacer su reclamación. Esta certificación será el único documento válido para dictaminar las causas de la muerte del animal, así como para aclarar al criador si la muerte fue producida por un problema congénito, vírico y si viene desde el origen del animal desde el criadero, causa en la que el criador se verá en la obligación de devolver otro animal de similares características.

El criador sólo dará garantías de problemas congénitos, (excepto displasia de cadera en el Bulldog Francés), que puedan aparecer en el primer año de vida del animal y que deriven a su sacrificio, (malformaciones congénitas graves). Tras la comprobación de nuestro Servicio Veterinario, se efectuará el cambio del animal enfermo, ( limitado al período de cría de una hembra ). El cual nunca y bajo ningún concepto se quedará el comprador. La garantía que el criador daría en estos casos sería la del cambio del animal afectado por otro del mismo valor , siempre y cuando el cliente entregue al animal afectado, sin hacerse cargo el criador de gastos de manutención del animal desde el momento de la adquisión del animal hasta el momento de la aparación y declaración de la enfermedad por escrito del Veterinario Colegiado.

Para garantías sobre enfermedades víricas, se entiende que a de desarrollarse en el plazo de los 5 días posteriores a la fecha de ceción y es responsabilidad del adquisidor y para atender y poner todos los medios a su alcance para salvar la vida del perro.

Si usted detectase al animal algún problema que pueda creer que está dentro de la garantía de problemas congénitos graves, le recomendamos que acuda al Veterinario Supervisor, ya que este puede hacer las pruebas pertinentes para determinarlo.

El criador no pagará ninguna prueba efectuada en otro Veterinario.

Para obtener el derecho a esta garantía, tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:

Haber puesto en manos de un Colegiado Veterinario al cachorro en los primeros síntomas.

Haber notificado inmediatamente el diagnóstico del profesional Veterinario (aunque solo sean sospechas o posibilidades de dicha enfermedad), proporcionando el número de teléfono y datos de la Clínica o el Veterinario Supervisor, para que el criador pueda estar al corriente de la evolución de la enfermedad, dicha notificación deberá hacerse por teléfono al 617 932 452.

Sucedida la muerte del perro se tendrá que entregar al criador Certificación Veterinaria del Colegiado que lo trató, analítica de las pruebas del laboratorio, que den resultado positivo de la enfermedad vírica, muestras de heces para su estudio por el Servicio Veterinario del criadero con el el fin de valorar la aplicación de la garantía.

Si el criador decidiese la no entrega del cadáver se remitirá la certificación del gestor que realice la exhumación al mismo (Ayuntamiento, Cementerio, etc.).

El adquisidor/a absorve todos los gastos ocasionados, incluso los portes para que estas garantías sean efectivas.

El no cumplimiento de alguno de los contenidos o los parrafos anteriores liberan al criador de hacer efectivas estas garantías.

En caso de litigio se someterá a los juzgados y tribunales de Córdoba, con renuncia expresa de su propio fuero.


Garantía de Taras Genéticas.

Nos comprometemos a responder frente a problemas de salud genéticos de nuestros cachorros/as siempre que se cumplan estos requisitos:

1ª Las taras que No entran dentro de la garantía, son: HEMIVÉRTEBRA / LUXACIÓN DE RÓTULA / DISPLASIA DE CADERAS MEGAESÓFAGO / ESTENOSIS PULMONAR / MONORQUIDISMO O CRIPTORQUIDIA / EPILEPSIA, ya que hay que entender que la mayor parte de estos problemas son inherentes a la constitución física que se fijó en el estándar, y que por tanto son imposibles de erradicar puesto que implicaría un cambio en dicho modelo.

2ª Que se demuestre la tara mediante certificado OFICIAL veterinario, que indique diagnóstico y gravedad, así como aportar toda la documentación y pruebas certificadas y firmadas por un veterinario que requiriese el criador para ratificarlo. El criador tendrá derecho a elegir un veterinario para que el perro sea examinado y comprobar que coinciden los diagnósticos. Los gastos correrían a cargo del propietario. Si no se confirmase el diagnóstico por parte del veterinario elegido por el criador, habría que visitar un tercer veterinario que confirmase o descartase el diagnóstico. Si este tercer veterinario es elegido por el criador, éste correrá con los gastos; si desea elegirlo el adoptante, debe optar por uno de la zona que indique el criador y en este caso el adoptante correrá con los gastos.

3ª Por tanto, si se diera el caso de tener que responder con la garantía, el criador se compromete al cambio del animal enfermo por otro individuo sano a elección del criador, en el momento en que disponga de algún cachorro de similares características, del mismo sexo y raza. El traslado del nuevo cachorro correría a cargo del adoptante. Los gastos de cambio de nombre del pedigree y microchip correrían a cargo del adoptante. Sólo el criador podrá decidir si llega a otro acuerdo con el adoptante.

Cuando referimos "similares características" lo hacemos contemplando el conjunto de variables que definen la caracterización de un cachorro: calidad show frente a calidad compañía; número de títulos en el pedigree; orden de elección; cachorro con nuestro afijo frente a cachorro sin afijo o procedente de otro afijo por derecho de monta, etc. Quedando reservado a criterio del criador su derecho a ajustar la elección del nuevo cachorro al nivel del cachorro devuelto o por el contrario entregar un cachorro superior reajustando las condiciones de común acuerdo con la parte adquiriente.


Garantía de enfermedades.

El ejemplar cuyos datos figuran anteriormente, ha recibido los controles sanitarios oportunos para garantizar su estado de salud, y que han sido los siguientes:

Revisión básica del estado pulmonar, revisión básica del estado del corazón, control de temperatura, revisión de ácaros en los oídos, observación general.

Asimismo, se ha llevado un control diario de peso y de parásitos externos e internos, siendo vacunado y a las pautas veterinarias y a su edad, figurando estas rutinas en su cartilla de vacunación, y ha sido criado en un entorno aséptico y adecuado, que el adoptante ha podido visitar.

El criador da una garantía de 3 días por muerte frente a: MOQUILLO, PARVO, HEPATITIS, LEPTOSPIROSIS, PARAINFLUENZA, no haciéndose cargo de los gastos veterinarios, medicamentos, ni de ningún otro tipo. Esta garantía será válida siempre y cuando el animal no esté expuesto a condiciones de mantenimiento desfavorables (corrientes de aire, excesivo calor, frío, humedad, situaciones de estrés, ni a animales infectados, etc...). El nuevo propietario tendrá un plazo de 2 DÍAS HÁBILES a partir de la fecha de entrega, para llevar el cachorro/a un veterinario con el fin de que pase una revisión rutinaria. Si el animal presentase alguna anomalía significativa, el nuevo propietario deberá comunicarlo inmediatamente al criador para que éste adopte las medidas que considere oportunas. El criador requerirá documentación oficial, sellada y firmada por el veterinario, de las anomalías que le hayan encontrado al cachorro/a. Si durante los 3 días de la garantía el perro presentase síntomas de alguna de las enfermedades para las que ha sido vacunado, deberá llevarlo inmediatamente al veterinario e informar al criador. El criador tendrá derecho a elegir un veterinario para que el perro sea examinado y comprobar que coinciden los diagnósticos.


Entrega y recogida.

Los cachorros/as se entregan a partir de los dos meses de vida, en el Estado Español, y se pueden exportar a partir de tres meses y 21 días de vida del animal. Documentación: Fotocopias de los Pedigrees de los padres, fotocopia de notificación de camada, fotocopia de inscripción de la camada, formulario de identificación canina, contrato de garantía, cartilla de primo-vacunaciones o pasaporte para animales de compañía, con sus vacunas correspondientes y desparasitaciones.


Importante: Nunca coincidiendo las vacunas. Siempre un margen de una a otra de 21 días.


En Córdoba a -- de ----------------------- del 2.019.


El cedente.                                         El/a, adquisidor/a.





Cesión y Compensación.

A- El criador cede el animal arriba nombrado al nuevo propietario a cambio de: ----------.

B - La falta de cumplimiento de este contrato por parte del adquisidor/a, implica la renuncia de las garantías y derechos que otorga a este contrato, liberando al criador de toda vinculación con él.

C- Este contrato de cesión y garantías, pasado seis meses de la firma, deja de tener validez, por las dos partes que hemos firmado.

MOLOSOS DEL CALIFA.

MOLOSOS DEL CALIFA.

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